Hacer deporte con bicicleta o utilizar ésta como medio de transporte por la ciudad es cada vez más común y ello conlleva una serie de riesgos.
Por desgracia, los atropellos de ciclistas son bastante habituales y éstos no solo pueden provocar lesiones a los afectados en el accidente, sino que también puede provocar víctimas mortales.
Cuando suceden este tipo de atropellos es común que las víctimas no conozcan sus derechos y su posibilidad de solicitar una indemnización. Por ello, a continuación os vamos a hablar de la reclamación de indemnización en caso de atropello de un ciclista.
¿Puedo reclamar una indemnización si soy un ciclista atropellado?
Para poder determinar si un ciclista que ha sido atropellado tiene derecho a una indemnización o no, deberemos atender al caso concreto y a lo que ha sucedido, o lo que es lo mismo, deberemos identificar quien es el culpable de dicho atropello.
En cuanto a la responsabilidad o la culpabilidad podremos encontrarnos tres casos: Que el culpable sea el conductor del vehículo, que el culpable sea el ciclista o que no esté muy claro quien ha sido el culpable.
Pues bien, vamos a profundizar en cada una de estas casuísticas.
El Culpable es el Ciclista
Podemos encontrarnos con que el ciclista incumpla las normas de circulación y se pueda golpear con un coche o pueda atropellar a un peatón. Pues bien, en estos casos que el culpable del accidente es el ciclista toda la responsabilidad recae en él y por ende no tendrá derecho a una indemnización, a no ser que tenga un seguro de daños propios.
El Culpable es el Conductor del Vehículo
En el caso de que un vehículo atropelle a un ciclista debido a que el conductor del mismo ha incumplido las normas de circulación, como por ejemplo, saltarse un ceda el paso o arrollar a un ciclista que no ha visto, el responsable es obviamente el conductor del vehículo.
Al ser responsable el conductor, el ciclista puede solicitar una indemnización por los daños sufridos, como si de otro vehículo automóvil con conductor se tratase.
El Culpable no se conoce o se da a fuga
Aparentemente podemos pensar que en aquellos casos que no se conoce quién ha sido el culpable, el ciclista no puede solicitar una indemnización, pero nada más lejos de la realidad, en muchos casos sí que es viable. A quien debemos dirigir la reclamación en el supuesto de no localizar al vehículo contrario es al Consorcio de Compensación de Seguros, aunque en determinados supuestos van a quedar exentos de indemnización los daños materiales.
En caso que haya una concurrencia de culpas y que el accidente haya sido culpa de ambas partes, se puede solicitar una indemnización proporcional a dicha concurrencia de culpas, si bien esa determinación de la proporción es complicada y en la mayoría de los casos acabará en un procedimiento judicial.
¿Qué tengo que tener presente cuando tengo un atropello en bicicleta?¿Quién puede reclamar la indemnización?
Para que, a posteriori del accidente, el ciclista pueda solicitar una indemnización y las aseguradoras pongan las menos dificultades posibles, se debe hacer lo siguiente:
- Llamar a la Policía para que levante un atestado.
- Firmar si es posible un parte amistoso.
- Recoger los datos de los testigos que hayan visto el accidente para poder demostrar así la culpabilidad.
- Acudir al hospital en el mismo momento para que se realice un parte de lesiones.
Por otro lado, la indemnización por atropello de ciclista solo puede ser reclamada por la propia víctima o, en caso de que el ciclista haya fallecido, sus familiares.
¿Cuál es la indemnización?
En un accidente de atropello a un ciclista, éste puede sufrir diferentes daños, desde materiales a personales o psicológicos e incluso puede fallecer, por ello la indemnización debe contemplar todos estos conceptos indemnizatorios.
Asimismo, para calcular la indemnización se debe acudir a lo establecido en el conocido como Baremo de Accidentes de Trafico.
Daños Físicos o Corporales
En este tipo de accidentes se suelen producir daños físicos o lesiones muy graves, tales como fracturas, daño estético, lesiones oculares, fracturas craneales, lesiones medulares o pérdida y amputación de miembros.
Por tanto, se podrá reclamar en base al tiempo que haya tardado en curar las lesiones en diferente grado dependiendo si has estado hospitalizado, has sido intervenido quirúrgicamente, ha existido rehabilitación, etc..
Asimismo, se podrán reclamar las secuelas tanto personales como estéticas que deriven de la lesión.
Daños Materiales
En el accidente, lo más normas es que se dañe la bicicleta. Pues bien, también puedes solicitar una indemnización por ella para poder repararla.
A su vez, se podrá solicitar indemnización por todos los objetos que llevas en el momento del accidente y que se hayan dañado.
Perjuicio Patrimonial
Este perjuicio patrimonial se divide en lucro cesante y daño emergente. El primero se refiere a la posibilidad de reclamar la pérdida económica que se haya podido tener por el accidente. En cuanto al daño emergente, se refiere a todos los gastos que han podido derivarse del accidente como los desplazamientos o pruebas médicas, entre otros.
¿Cómo realizar una reclamación?
Para poder realizar una reclamación por accidente y que ésta se te conceda en aconsejable que te pongas en manos de un abogado especialista en accidentes de tráfico, ya que en la mayoría delas ocasiones las aseguradoras ponen trabas para conceder la reclamación.
Con todo ello, esperamos haber resuelto todas las dudas. Si necesitas la ayuda de un abogado especialista en accidentes de tráfico, ¡no dudes en contactarnos!
Recuerda que los abogados especializados en accidentes de GESACCIDENTIA cobramos en función de la indemnización que conseguimos para el cliente, y lo que es más importante, no cobramos nuestros honorarios hasta que el cliente cobra su indemnización.