Si las víctimas de accidentes de tráfico han sufrido daños materiales o lesiones, normalmente cobran una indemnización a modo de resarcimiento, bien sea por parte del seguro opor culpable del accidente.
Esta indemnización que recibe la víctimaes una cuantía de dinero que a priori puede parecer un enriquecimiento para la víctima, por ello muchos lesionados se preguntan si las indemnizaciones por accidente de tráfico tienen que declararse ante la Agencia Tributaria o tienen un tratamiento fiscal especial.
Pues bien, a continuación os resolvemos esta cuestión.
¿Tributa la indemnización por accidente de tráfico?
A priori, podemos pensar que la cuantía que nos abonan como indemnizaciónal ser víctimas de un accidente de tráfico,supone un incremento de nuestro patrimonio, pero nada más lejos de la realidad. La indemnización que se paga por parte de la aseguradora o del culpable del accidente sirve para resarcir los daños materiales o personales que se han provocado a causa del accidente, por lo que no se podría estar hablando de un enriquecimiento injusto.
Es por ello que, por regla general, las indemnizaciones por accidentes de tráfico están exentas de tributación fiscal. No obstante, existen salvedades y para poder determinar si estamos exentos de tributación o no, deberemos acudir a cada caso concreto.
En definitiva, podemos encontrar los siguientes supuestos:
Indemnización poracuerdo amistoso o extrajudicial
En el caso de que la cuantía de la indemnización se haya acordado de forma amistosa o de forma extrajudicial sin tener que acudir a los Juzgados, se estará exento de tributar. No obstante, en el caso de que la cuantía de la indemnización exceda de la cuantía legalmente establecida en el Baremo de Accidentes de Tráfico, si que tendría que tributar.
Por tanto, en el caso de que se llegue a un acuerdo de indemnización y la cuantía supere lo establecido en el Baremo de Accidentes de Tráfico, se deberá tributar y declarar ese exceso de ganancia patrimonial no derivada de la trasmisión de bienes. Esta situación de exceso de pago respecto al Baremo no se dará prácticamente nunca.
Puede suceder también que se llegue a un acuerdo en el que se sustituya el pago único de la cuantía indemnizatoria por una indemnización en forma de renta vitalicia. Pues bien, en estos casos sí que se tendría que tributar ya que está considerado un ingreso por rendimiento de trabajo.
Indemnización reconocida de forma judicial
En todos los casos en los que la indemnización por accidente de tráfico haya sido reconocida por un procedimiento judicial se estará exento de tributación, es decir, que independientementeque la cuantía indemnizatoria exceda la establecida en el Baremo de Accidentes de Tráfico, estará exenta.
Asimismo,y para que se considere exenta dicha indemnización no hace falta que haya sentencia, sino simplemente con que se haya dictado cualquier resolución judicial.
¿Los intereses de demora de la indemnización tributan?
En determinados casos y relacionado directamente con la indemnización por accidente de tráfico se generan los intereses de demora, que se crean al retrasarse el deudor en el pago de dicha indemnización.
Los intereses indemnizatorios por el retraso en el pago correspondientes a una indemnización exenta se encuentran también exentos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley del IRPF.
La razón es que los intereses fijados, en cuanto obligación accesoria, han de tener la misma consideración que el concepto principal del que deriven y calificarse, en estos supuestos, como ganancias patrimonial exenta. Véase al respecto la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), de 10 de mayo de 2018, en unificación de criterio.
¿Qué sucede si la indemnización la reciben los herederos del fallecido en accidente de tráfico?
Por desgracia en muchas ocasiones las consecuencias de los accidentes de tráfico conllevan la muerte de las personas que lo han sufrido y este fallecimiento tiene como compensación una indemnización.
Pues bien, si ésta indemnización la reciben los herederos no está exenta de tributación y debe ser integrada en la masa de la herencia y, por ende, tributar y ser declarada en el Impuesto de Sucesiones.
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